• A falta de acuerdos entre legisladores y el gobierno de la Ciudad de México, las organizaciones, convocadas presentamos observaciones y propuestas a proyectos de dictamen.
  • Presentamos propuestas sobre: 1) el Sistema de planeación; 2) los instrumentos de planeación; 3) los mecanismos de participación; 4) las materias de planeación; y 5) el diseño del Instituto de Planeación

#CDMXsustentable, 27 se noviembre de 2019.- Debido a que el trabajo entre las y los diputados de distintos partidos del Congreso y el Gobierno de la Ciudad de México se ha dificultado, logrando pocos consensos, la Comisión de Planeación del Congreso capitalino convocó a un Foro a fin de que la ciudadanía diéramos opinión.

Aquí se pueden consultar los dos pre dictámenes que cada comisión ha generado:

  1. Documento “Proyecto de Dictamen” de la Comisión de Administración Pública, presidida por la Dip. Guadalupe Chavira y el Gobierno de la Ciudad.
  2. Documento Proyecto de Dictamen de la Comisión de Planeación, presidida por el Dip. Federico Doring.

En este Foro, expusimos las siguientes propuestas y comentarios para el predictamen:

1. El Sistema de Planeación

  1. La Ley de Planeación y la Ley Orgánica del Instituto se dictaminen y aprueben como un paquete legislativo para evitar vacíos y duplicidades.
  2. En este sentido, rechazamos un Estatuto Orgánico del Instituto de Planeación y es fundamental que el Instituto tenga su propia Ley Orgánica.
  3. Se incluya como artículo transitorio plazo para la aprobación de la Ley de Ordenamiento Territorial, previa consulta a los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, respecto a los contenidos que sean susceptibles a afectar sus derechos
  4. Se incluya un artículo transitorio sobre Ley del Consejo de Evaluación y publicar la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos.
  5. Se incluya un artículo transitorio para reformar Ley Orgánica de la Administración Pública y su Reglamento.
  6. Armonización legislativa del Sistema de Planeación con Leyes, Reglamentos y Normatividad (Código Fiscal, Ley Desarrollo Urbano, Ambiental, etc.). Se propone que la Consejería Jurídica y un Grupo de Trabajo técnico designado por el Congreso presenten un estudio y propuestas sobre las distintas leyes, reglamentos y normas para armonizar.
  7. El Sistema de Información deberá estar a cargo del Instituto de Planeación, y deberá eliminarse la Plataforma de Gobierno de esta Ley
  8. Sobre el Sistema de Información, se debe incluir información pública y abierta más precisa (licencias, manifestaciones, expedientes de obra, autorizaciones, seguimiento de mitigaciones, denuncias, investigaciones, verificaciones y sanciones) para el seguimiento de las obras públicas y privadas, que permita la gobernanza territorial y el control democrático de la información.
  9. Faltan numerosas referencias al Sistema de Indicadores de avance progresivo de los derechos humanos, el Sistema Integral de Derechos Humanos y su instancia ejecutora en distintos lugares de la Ley y los contenidos de los instrumentos de planeación.

2. Los Instrumentos de Planeación

  1. Revisar en los procesos de elaboración de los instrumentos de planeación la fuerte concentración de los procesos de difusión, consulta, aprobación y revisión del Gobierno, mientras que se le quitan facultades al Instituto de Planeación y a la dinámica y toma de decisiones en espacios locales.
  2. Se hacen también una revisión y propuestas sobre los vacíos e imprecisiones de los instrumentos, de acuerdo a lo establecido en la Constitución. Por ejemplo, incluir:

las áreas no urbanizables por razones de preservación ecológica, áreas de valor ambiental, recarga y captación de acuíferos, productividad rural, vulnerabilidad ante fenómenos naturales y protección del patrimonio natural, cultural y rural”, en términos del artículo 16 Apartado C numeral 2 de la Constitución” y

“El límite físico definitivo para la edificación y el desarrollo urbano” del artículo 16 Apartado D numeral 6 de la Constitución.

3. Los Mecanismos de Participación

  1. Construir una ruta más clara para los mecanismos de participación y la consulta de los instrumentos de planeación y su control democrático. En ninguno de los dos proyectos de dictamen existen suficientes ni innovadores mecanismos de participación; los pocos son interacciones virtuales con la Plataforma de Gobierno o la recepción de comentarios por escritos con discrecionalidad de la autoridad para responder sobre ellos.
  2. Funciones más claras para la Oficina especializada para la Consulta pública y la participación social.
  3. Precisiones sobre los mecanismos para que la ciudadanía presente no sólo quejas sino denuncias por incumplimientos o violaciones a los instrumentos de planeación y a la Ley de Planeación, y el Instituto no sólo haga recomendaciones sino remita a la Contraloría y otras autoridades pertinentes estas denuncias.

4. Las Materias de la planeación

  1. Las materias que se deben considerar en los instrumentos de planeación están adecuadamente descritas en el Proyecto Sistema, pero proponemos incluir las precisiones con el propósito de integrar la sustentabilidad dentro del ordenamiento territorial:

  • Ordenamiento territorial, desarrollo sostenible y sustentabilidad hídrica;
  • Gestión Integral de riesgos;
  • Derechos humanos;
  • Bienestar social y economía distributiva;
  • Seguridad ciudadana y justicia;
  • Patrimonio de la Ciudad;
  • Coordinación metropolitana y regional;
  • Relaciones internacionales de la Ciudad;
  • Hacienda pública, y
  • Demás materias concurrentes …

Si todo lo concerniente al suelo, medio ambiente, movilidad, agua y vivienda se incluirá en la Ley de Ordenamiento Territorial, se requiere mayor congruencia en la Ley de Planeación y se propone eliminar artículos sobre el uso de suelo y sus dictámenes técnicos. Estas funciones se deberán acomodar posteriormente, una vez que se hayan definido los procedimientos y facultades de las distintas autoridades en la Ley de Ordenamiento Territorial. Se propone corregir la confusión en la nominación de los instrumentos de planeación de las alcaldía y demarcaciones, según lo señala la Constitución.

5. El diseño del Instituto de Planeación

  1. Es necesario crear una Ley Orgánica del Instituto de Planeación, donde se defina la naturaleza del Instituto, así como sus órganos de gobierno, funciones, perfiles idóneos de sus integrantes y procesos transparentes de designación.  En esta Ley Orgánica se trata de darle una mayor autonomía de la Jefatura de Gobierno, de manera que se garantice la planeación y su continuidad de mediano y largo plazo. Asimismo, se sustituye el Estatuto por un Reglamento.
  2. Se hacen precisiones sobre la Junta de Gobierno del Instituto; se eliminan funciones que serán materia de la Ley de Ordenamiento y se agregan funciones sobre los mecanismos de participación y la vigilancia de la ética de los integrantes del Instituto.
  3. Se hacen precisiones sobre la Dirección General del Instituto, su perfil idóneo y su nombramiento. Se eliminan funciones que serán materia de la Ley de Ordenamiento Territorial y se agregan funciones sobre participación.
  4. Se hacen precisiones sobre el Directorio Técnico, su perfil idóneo y su nombramiento. Se agregan la definición de sus atribuciones.
  5. Se hacen precisiones sobre el Consejo Ciudadano, su número para asegurar la equidad de género, su perfil idóneo y su nombramiento. Se agregan la definición de sus atribuciones.
  6. Funciones más claras para la Oficina especializada para la Consulta pública y la participación social.
  7. Un Comité de selección ÚNICO, con procesos de designación por convocatoria pública y procesos de selección transparentes.
  8. La designación de mayorías calificadas del Congreso para los nombramientos del Comité de Selección y la Dirección del Instituto, de acuerdo a la redacción de la Constitución.

Ver documento completo de Propuestas para Pre-dictamen de Ley de Planeación y Ley Orgánica del Instituto de Planeación (con propuestas de redacción/articulado)

Estas propuestas fueron entregadas a Presidencias e integrantes de Comisiones Unidas de Planeación y Administración Pública:

Ver: PROCESO DE ELABORACIÓN DE LA LEY DE PLANEACIÓN

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