• La creación de la Ley y el Instituto de Planeación en la Ciudad de México es una oportunidad sin precedentes para que, en los próximos 20 años, la ciudad y quienes la habitamos sean un territorio seguro para todas y todos.

#CDMXsustentable, agosto 2019.- Las impacto del cambio climático son una realidad que no podemos dejar de voltear a ver. Todos los días se manifiesta de diferentes formas; contrarrestarlos implica grande retos y una lucha que se ganará o perderá en las ciudades.

Desde Ruta Cívica, hemos trabajado en los últimos años (puedes ver nuestra campaña #CDMXsustentable aquí), para visibilizar las afectaciones ambientales y cómo repercuten en la Ciudad de México, ante lo cual urge tomar acciones. En este sentido, la creación del Instituto y de la Ley de Planeación en la Ciudad de México es una oportunidad sin precedentes para que, en los próximos 20 años, la ciudad y quienes la habitamos sean un territorio seguro para todas y todos.

¿Qué es la Ley de Planeación?

Esta legislación tiene como objetivo crear las bases para el desarrollo sustentable de la ciudad y el ejercicio pleno de los derechos de todos sus habitantes. Para que la Ley sea integral, debe contemplar:

  1. Dar prioridad al ecosistema de la Ciudad: reconocer que vivimos en un lago y en un subsuelo que tiembla.
  2. Contar con una cartografía y datos abiertos sobre nuestra Ciudad para planear con sustento y evidencia (puedes visitar el Sistema de Información que creamos como referente)
  3. Crear leyes e instituciones los distintos niveles de gobierno, sectores y actores se incluyan en la planeación.

Para que la Ley cumpla su propósito, de acuerdo con el artículo 15 de la Constitución de la Ciudad de México, se debe contar con los siguiente instrumentos:

  1. Plan General de Desarrollo (PGD) – 20 años (2020 – 2040), que deberá incluir temas como educación, salud, desarrollo económico, innovación tecnológica, entre otros.
  2. Programa de Ordenamiento Territorial (POT) – 15 años con actualizaciones a 5 años (2021 – 2036) de la Ciudad y de las demarcaciones (antes alcaldías). Éstos sustituirán al Programa General de Desarrollo Urbano, el Ordenamiento Ecológico y los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano.
  3. Programas de Gobierno del Gobierno de la Ciudad y de las alcaldías (6 años) con metas e indicadores, que se usarán para presupuestar recursos públicos.
  4. Programas Parciales (PPOT) de colonias, pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes.

Para conocer más:

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